UNIDAD 1
LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INCLUSIVA EN LA NIÑEZ
REFLEXIÓN POR: Nathalia Medina Guavita
1. ¿ Cuáles
de las ideas trabajadas en esta unidad, me parecieron más importantes?
La terminología
apropiada,
es decir el proceso que se ha llevado a cabo para referirse apropiadamente a la
población con discapacidad. Por ejemplo pasar de educación especial, necesidades
educativas especiales y educación inclusiva me permite comprender la
trascendencia para utilizar un lenguaje inclusivo y evitar términos peyorativos.
De esta manera, se conceptualizan los siguientes términos.
Otro aspecto
importante, la normatividad vigente que favorece la atención integral para
la población con discapacidad de tal manera que se le reconocen como sujetos de
derechos, así como cualquier otro ciudadano que adquiere al nacer y por
consiguiente elimina cualquier tipo de discriminación.
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MARCO LEGAL
EN PRO A LA NIÑEZ CON DISCAPACIDAD |
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INTERNACIONAL |
NACIONAL |
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NORMA |
OBJETO |
NORMA
EDUCATIVA |
OBJETO |
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Declaración
universal de los Derechos Humanos. (1948) |
Permitirle al
ser humano gozar de su libertad, de sus libertades civiles y políticas con el
fin de liberarlo de la miseria a través de los derechos que allí se
promulgan. |
Constitución
Política de Colombia 1991 |
En su art 68
establece... “La erradicación del analfabetismo y la educación de personas
con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son
obligaciones especiales del Estado.” |
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Convención
sobre los derechos del niño (1989) |
Protección a
la niñez, enfatizando los derechos que gozan para el desarrollo de su
infancia. |
1098 – Código
de Infancia y adolescencia |
Favorece la
protección al menor con discapacidad en los artículos 36,43, 44, 46 y 142 |
|
Convención
Interamericana para la Eliminación de todas formas de discriminación contra
las personas con discapacidad - OEA |
Eliminar la
discriminación contra todas las personas con discapacidad y propiciar su
plena integración a la sociedad |
115 de 1994
Ley General de educación |
Estipula en
sus artículos 46,47,48 y 49 el derecho a la educación para personas con
limitaciones o capacidades excepcionales. |
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Convención
con las personas con discapacidad |
promover,
proteger y garantizar el disfrute pleno y por igual del conjunto los derechos
humanos por las personas con discapacidad. Por tanto, enmarca aspectos como: La accesibilidad La libertad de movimiento La salud La educación El empleo La habilitación y rehabilitación La participación en la vida política La igualdad y la no discriminación. |
Decreto 3011
de 1997 |
Se refiere a
aspectos como la educación e instituciones en programas de educación básica y
media de adultos con limitaciones. |
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Dto. 672 de
1998 |
Educación de
niños sordos y lengua de señas como parte del derecho a su educación. |
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Plan decenal
2006 |
Define
políticas y estrategias para lograr una educación de calidad de futuro
incluida la población con discapacidad |
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Dto. 366 de
2009 |
reglamenta la
organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los
estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales
en el marco de la educación inclusiva. |
||
|
Dto. 1421 de
2017 |
Establece el marco de la educación inclusiva
la atención educativa a la población con discapacidad. |
||
La relación
inclusión-discapacidad, porque el primer término reconoce las
virtudes y las habilidades de la población con discapacidad para lo cual fue
importante conocer los tipos de discapacidad:
Ahora bien, cabe resaltar el siguiente cortometraje que sensibiliza la relación inclusión- discapacidad y por ende promueve la inclusión: “Ian”
https://www.youtube.com/watch?v=yASgf0HzgGQ
2. ¿Cuáles necesito clarificar y por qué?
·
La diferenciación entre integración e inclusión
porque el primer término puede indicar sinónimo de inclusión, pero al indagar
sobre ello pude comprender que:
Inclusión e integración representan filosofías totalmente diferentes, aun cuando tienen objetivos aparentemente iguales o significados parecidos.Si bien es cierto, pasar de la exclusión a la Inclusión supone un proceso largo de cambio y evolución. En medio de esta transición podemos situar la integración. Ahora bien, debemos ir más allá, paso a paso sin olvidar que el último fin siempre es la inclusión.
Esquema de diferencias: exclusión, segregación, inclusión e integración.
Recuperado de: https://www.dobleequipovalencia.com/inclusion-e-integracion-10-diferencias/
·
La población con talentos excepcionales porque
enmarcaba al estudiante de estas características como el superdotado y que por
tanto podían responder a cualquier área del conocimiento. Pero de acuerdo con
lo expuesto por Ministerio de Educación Nacional un “talento excepcional que
implica un potencial o desempeño sobresaliente de un individuo en un área
específica del desarrollo, al compararlo con sus pares activos en dicha área”.
En este sentido, la persona con capacidades excepcionales tiene dominio en un
área específica tanto así que se clasifican los talentos con los siguientes
dominios:
ü
ü
Talento en ciencias sociales o ciencias
humanas.
ü
Talento en artes o en letras.
ü
Talento en ejercicio, actividad física y
deporte.
ü
Talento en liderazgo social y emprendimiento.
Fuente: MEN, Documento de orientaciones
técnicas, administrativas y pedagógicas para la atención educativa a
estudiantes con capacidades y/o talentos excepcionales en el marco de la
educación inclusiva. 2015
3. ¿De los temas ya vistos durante el encuentro,
cuáles tengo ahora más claros?
· El concepto de discapacidad porque lo planteaba como una dificultad para realizar una actividad cuando todos en algún momento presentamos alguna dificultad para realizar determinada actividad y a medida en que adquirimos la destreza para desarrollarla podemos llegar a superarla. Entonces, ahora la concibo como la deficiencia física mental o sensorial que se puede presentar en nuestro organismo por la ausencia o anormalidad ya sea psicológico, fisiológico o anatómico. Así mismo, una persona con discapacidad también puede realizar determinada actividad siempre y cuando se desarrolle una ruta de atención, el acompañamiento y apoyo necesario.
·
La pertinencia del personal de salud para diagnosticar a la población con discapacidad ya que es de gran significado
establecer quién es el que tiene la facultad para establecer un dictamen acerca del tipo de población así que clarifique que el personal pertinente es el Neuropediatra.
· La conceptualización de Inclusión Educativa desarrollada por Mel Ainscow quién señala que ésta se constituye por tres componentes permanencia, promoción a través de practicas pedagógicas inclusivas. A partir de ajustes razonables para la población con discapacidad o con algún tipo de vulnerabilidad lo cual garantiza una educación de calidad y por ende incluyente.
4. ¿Qué dificultades encontré para aprender los contenidos?
Ninguno. Sin embargo, algunas concepciones que
tenía resultaron ser imaginarios con respecto a la población con discapacidad.
Entonces, es más fácil aprender algo nuevo que desaprender o revalidar temas
con respecto a los tipos de discapacidad y terminología relacionada con la
temática vista.
5. ¿Me siento satisfecho(a) con mi desempeño frente a lo aprendido?
Si estoy satisfecha con los aprendido porque
fue un proceso enriquecedor frente a las lecturas debido a que clarifique
terminología con respecto a la población con discapacidad. Además, mi desempeño fue significativo en el saber, saber hacer y en el ser porque me sensibilizó a realizar prácticas pedagógicas inclusivas ya que a través del material audiovisual comprendí que es
fundamental proponer modelos pedagógicos humanistas, modelos pedagógicos contemporáneos
o sencillamente tener en cuenta teorías de aprendizaje referentes al
reconocimiento de habilidades de cada niño y niña como por ejemplo, la teoría
de inteligencias múltiples (Howard Garden) y
las cuales favorecen desarrollar practicas pedagógicas pertinentes para
la niñez con algún tipo de discapacidad.













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